De los Senadores del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con punto de acuerdo que exhorta al congreso del estado de Baja California a llevar a cabo una revisión a presuntas irregularidades por parte del municipio de Tijuana en la asignación del contrato de arrendamiento de 52 camiones recolectores de basura a Grupo Turbofin.
SE TURNÓ A LA TERCERA COMISIÓN.
Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Congreso del Estado de Baja California para que a través del Órgano de Fiscalización Superior, lleve a cabo una revisión a presuntas irregularidades por parte del municipio de Tijuana en la asignación del contrato de arrendamiento de 52 camiones recolectores de basura a Grupo Turbofin.
Los suscritos, Senadores de la República integrantes del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Comisión Permanente la presente Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes:
En sentido contrario a estos principios, el alcalde del municipio de Tijuana se ha distinguido por distintas irregularidades en la adquisición de servicios que podrían constituir un daño al erario público. El más reciente caso se presentó en la Adjudicación Directa a Grupo Turbofin, por un contrato de casi 80 millones de pesos, para la renta de 40 camiones recolectores de basura y 12 tractocamiones. [*]
En la adquisición de bienes, servicios o arrendamiento bajo el procedimiento de Adjudicación Directa se tendrá que obtener por lo menos tres cotizaciones. [*] La excepción a este requisito se podrá presentar cuando:
La renta mensual de cada uno de los 40 camiones recolectores de desechos sólidos es de 93 mil pesos y la de los 12 tractocamiones de transferencia es de 179 mil pesos, por unidad, lo que significa que mensualmente el municipio erogará 5.8 millones de pesos, lo que significa un incremento de 1.6 millones más caro de lo que un estudio realizado por el municipio había estimado en un estudio y en el que se contemplaba la adquisición de 60 unidades. [*]
A más de 2 meses de haberse firmado el contrato y de entregarse un anticipo de más de 20 millones, Grupo Turbofin solo ha entregado 7 camiones a pesar de que con dicho pago se podrían comprar por lo menos 8, es decir, el gobierno está financiando a la empresa. Además, será hasta el mes de agosto cuando se haga la entrega total de los 52 vehículos, lo cual deja sin sustento el argumento de una supuesta emergencia. [*]
Distintos regidores del municipio han señalado que no existe un decreto formal de emergencia, por lo cual no existe sustento legal para la Adjudicación Directa de los convenios de arrendamiento con Grupo Turbofin, motivo por el que han presentado diversas inconformidades. [*]
Cuestionan la opacidad del proceso y que dicha decisión no haya sido consultada con el Cabildo. La administración municipal, lejos de brindar la información necesaria que coadyuve a conocer las condiciones bajo las que se presentó la Adjudicación, ha decidido clasificar la información como reservada, por un período de seis meses. [*]
Esto a pesar de que el municipio tiene la obligación de publicar en sus portales de internet los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa. [*] En el caso que contengan información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener cuando menos la información relativa a los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
Para los legisladores del PRI, es urgente que se lleve a cabo una investigación a fin de que determine si la Adjudicación Directa a la empresa Turbofin se apegó a la norma aplicable en la materia; y para que en su caso se promuevan las acciones que conforme a derecho procedan.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta.
Los suscritos, Senadores de la República integrantes del Partido Revolucionario Institucional de la LXIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Comisión Permanente la presente Proposición con Punto de Acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Uno de los principios fundamentales en el ejercicio de los recursos públicos, es que éstos se ejerzan con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez a fin de satisfacer los objetivos a los que estén destinados, tal como lo señala el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.En sentido contrario a estos principios, el alcalde del municipio de Tijuana se ha distinguido por distintas irregularidades en la adquisición de servicios que podrían constituir un daño al erario público. El más reciente caso se presentó en la Adjudicación Directa a Grupo Turbofin, por un contrato de casi 80 millones de pesos, para la renta de 40 camiones recolectores de basura y 12 tractocamiones. [*]
En la adquisición de bienes, servicios o arrendamiento bajo el procedimiento de Adjudicación Directa se tendrá que obtener por lo menos tres cotizaciones. [*] La excepción a este requisito se podrá presentar cuando:
- La imposibilidad de celebrar un Concurso Público porque no se presentaron tres o más proveedores.
- Se requiera un bien con características o patente propia.
- Servicios profesionales especializados.
- Servicios de agua y suministro de energía.
- Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente como consecuencia de fenómenos naturales.
- Ex Se realicen dos licitaciones públicas que hayan sido declaradas desierta.
- Existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes.
- Las adquisiciones, arrendamientos o servicios se realicen a través de contrataciones con campesinos o grupos urbanos marginados.
- Se trate de adquisiciones de bienes provenientes de personas que, sin ser proveedores habituales, ofrezcan bienes en condiciones favorables, en razón de encontrarse en estado de liquidación o disolución.
- Se trate de equipos especializados y/o para el sistema de seguridad pública del municipio, sustancias y materiales de origen químico, físico químico o bioquímico.
- Se trate de la adquisición de armamento, bienes servicios y equipamiento destinados exclusivamente al sistema de seguridad pública y al equipamiento los cuerpos de seguridad pública municipal. [*]
La renta mensual de cada uno de los 40 camiones recolectores de desechos sólidos es de 93 mil pesos y la de los 12 tractocamiones de transferencia es de 179 mil pesos, por unidad, lo que significa que mensualmente el municipio erogará 5.8 millones de pesos, lo que significa un incremento de 1.6 millones más caro de lo que un estudio realizado por el municipio había estimado en un estudio y en el que se contemplaba la adquisición de 60 unidades. [*]
A más de 2 meses de haberse firmado el contrato y de entregarse un anticipo de más de 20 millones, Grupo Turbofin solo ha entregado 7 camiones a pesar de que con dicho pago se podrían comprar por lo menos 8, es decir, el gobierno está financiando a la empresa. Además, será hasta el mes de agosto cuando se haga la entrega total de los 52 vehículos, lo cual deja sin sustento el argumento de una supuesta emergencia. [*]
Distintos regidores del municipio han señalado que no existe un decreto formal de emergencia, por lo cual no existe sustento legal para la Adjudicación Directa de los convenios de arrendamiento con Grupo Turbofin, motivo por el que han presentado diversas inconformidades. [*]
Cuestionan la opacidad del proceso y que dicha decisión no haya sido consultada con el Cabildo. La administración municipal, lejos de brindar la información necesaria que coadyuve a conocer las condiciones bajo las que se presentó la Adjudicación, ha decidido clasificar la información como reservada, por un período de seis meses. [*]
Esto a pesar de que el municipio tiene la obligación de publicar en sus portales de internet los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa. [*] En el caso que contengan información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener cuando menos la información relativa a los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
Para los legisladores del PRI, es urgente que se lleve a cabo una investigación a fin de que determine si la Adjudicación Directa a la empresa Turbofin se apegó a la norma aplicable en la materia; y para que en su caso se promuevan las acciones que conforme a derecho procedan.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta.
PUNTO DE ACUERDO
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión se exhorta al Congreso del Estado de Baja California para que a través del Órgano de Fiscalización Superior, lleve a cabo una revisión a presuntas irregularidades por parte del municipio de Tijuana en la asignación del contrato de arrendamiento de 52 camiones recolectores de basura a Grupo Turbofin; y para que, en su caso inicie las acciones que conforme a derecho procedan.
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